Condiciones generales de compra para materiales y componentes

In the following points we establish the binding framework for aspects related to ordering from suppliers, such as delivery conditions and payment processes. Liability issues are also set out here.

General

  1. Estas condiciones regulan todos los suministros de materiales y componentes a todas las entidades compradoras de GF Piping Systems.
  2. Al aceptar nuestra orden o al suministrar los bienes solicitados, se considerará que el Proveedor ha aceptado las presentes condiciones.
  3. Solo las órdenes en formato rastreable (por escrito, por Telefax o Correo Electrónico) son vinculantes. Las órdenes verbales o por teléfono, así como los cambios y adiciones a nuestra orden, serán vinculantes solo si son confirmados por nosotros en formato rastreable. Los términos que difieran de nuestras Condiciones Generales de Compra y los términos adicionales, incluidas las reservas relacionadas con el precio o los tipos de cambio, así como, en particular, las Condiciones Generales de Venta y Entrega del Proveedor, serán válidos únicamente si los aceptamos en formato rastreable.
  4. Se solicita amablemente al Proveedor que devuelva de inmediato la confirmación de la orden y notifique la fecha exacta de entrega.
  5. La asignación total de la orden a terceros requerirá nuestro consentimiento previo en formato rastreable.
  6. El Proveedor será responsable de todos los costos incurridos por nosotros como consecuencia de no observar nuestras instrucciones o por entregas defectuosas o no acordadas válidamente.
  7. Estas Condiciones Generales de Compra también se aplicarán a órdenes futuras.
  8. Nuestros empleados tienen prohibido aceptar regalos, comisiones u otras compensaciones de cualquier tipo.

Precios y costes de transporte

  1. A menos que se acuerde lo contrario, los precios se considerarán fijos.
  2. En el caso de órdenes sin un precio o con un precio indicativo únicamente, nos reservamos el derecho de aprobar el precio tras la recepción de la confirmación del pedido.
  3. Salvo acuerdo contrario, los bienes deberán ser suministrados DDP (Incoterms 2010) al destino indicado en la orden de compra.

Facturación y pagos

  1. Las facturas deberán presentarse inmediatamente después del despacho de los bienes a la dirección indicada en la orden.
  2. El Proveedor no podrá reclamar pagos que dependan del cumplimiento de sus obligaciones antes de que dichas obligaciones se cumplan, a menos que el incumplimiento sea causado por nuestros actos u omisiones.

Entrega

  1. Las entregas que lleguen sin los documentos de transporte requeridos serán almacenadas a riesgo y costo del Proveedor hasta que dichos documentos se proporcionen correctamente.
  2. Los envíos parciales y las entregas anticipadas requieren nuestro consentimiento previo.
  3. Las entregas realizadas por mensajeros solo se considerarán efectivas si se evidencian mediante notas de entrega debidamente firmadas por nosotros. Las entregas deben realizarse a los departamentos correspondientes de nuestras instalaciones.
  4. El tiempo de entrega es esencial. Se considerará cumplido cuando los bienes hayan llegado a nuestras instalaciones. Los retrasos previsibles que impidan la entrega puntual, total o parcial, deberán notificarse de inmediato, especificando las razones y la duración estimada del retraso. Dicha notificación se realizará sin perjuicio de nuestros recursos legales (por ejemplo, la terminación parcial o total del pedido).
  5. En caso de retraso, el Proveedor no estará excusado por la falta de documentos, hardware o componentes que debamos proporcionar, salvo que los haya solicitado a tiempo. En tal caso, las partes acordarán mutuamente una extensión razonable del período de entrega.
  6. El riesgo de los bienes solicitados pasará a nosotros al llegar al lugar de cumplimiento o, si se acuerda una prueba de aceptación, al completar dicha prueba exitosamente.

Embalaje

  1. El Proveedor deberá proporcionar un empaque adecuado a su costo y será responsable si los bienes se dañan en el transporte debido a un empaque defectuoso.
  2. A nuestra elección, el Proveedor nos acreditará el precio cobrado por el material de empaque que le devolvamos sin costo o nos proporcionará un reembolso correspondiente.

Notificación de defectos

  1. Sin estar sujetos a períodos legales de inspección, examinaremos los bienes suministrados a la mayor brevedad posible.
  2. El realizar pagos o pruebas previas al envío no implica la renuncia a nuestros recursos legales por entregas defectuosas.

Garantía

  1. El Proveedor garantiza que los bienes cuentan con las cualidades acordadas, son aptos para el propósito establecido en el contrato y, en general, están libres de defectos que afecten su valor o su idoneidad para el uso acordado o normal.
  2. Los bienes deben cumplir con todas las leyes, regulaciones y normas de prevención de accidentes aplicables y vigentes en el país del Comprador. Además, el Proveedor garantiza que los bienes están libres de cualquier radioactividad.
  3. En caso de defectos en los bienes suministrados, tendremos derecho a recurrir a los recursos legales pertinentes. Sin embargo, solo podremos rescindir el contrato si el Proveedor, dentro de un plazo razonable, no ha podido o no ha estado dispuesto a reparar el defecto o a reemplazar el producto defectuoso a su cargo. En casos de urgencia o si el Proveedor incumple su obligación de subsanar el defecto, tendremos derecho a remediar los defectos por cuenta del Proveedor.
  4. El Proveedor reembolsará los costos de desmontaje de los bienes defectuosos o de los productos que hayan resultado defectuosos debido a los bienes defectuosos suministrados por el Proveedor, así como los costos de reinstalación de bienes o productos libres de defectos.
  5. A menos que se acuerde lo contrario, el período de garantía será de 30 meses a partir de la recepción de los bienes en nuestras instalaciones. En caso de que las partes acuerden someter los bienes a una prueba de aceptación funcional en nuestras instalaciones, el período de garantía comenzará con la firma del protocolo de aceptación.
  6. Las reclamaciones por defectos, debidamente notificadas durante el período de garantía, prescribirán 12 meses después de la expiración del período de garantía.
  7. Los bienes defectuosos o partes de estos permanecerán a nuestra disposición hasta su reemplazo o la cancelación del contrato. Después del reemplazo, los bienes defectuosos quedarán a disposición del Proveedor en nuestras instalaciones.
  8. La garantía para los reemplazos y reparaciones será la misma que la acordada para la entrega original; el período de garantía para las partes reemplazadas comenzará a correr de nuevo. Esto se aplicará igualmente a las partes y componentes reemplazados.

Responsabilidad del producto, Seguro

  1. El Proveedor nos indemnizará contra cualquier reclamación, daño, pérdida, responsabilidad, demanda y gasto que surja del suministro de bienes o servicios defectuosos.
  2. El Proveedor deberá contratar y mantener un seguro de responsabilidad por productos que ofrezca una cobertura mundial de al menos EUR 5 millones por incidente en caso de lesión, enfermedad o muerte y/o daños a la propiedad, así como una cobertura de al menos EUR 0,5 millones por caso y año calendario para los costos de desmontaje y reinstalación. Las limitaciones de la cobertura del seguro no se interpretarán como limitaciones de la responsabilidad del Proveedor.

Herramientas, patentes, planos, etc.

  1. Todos los datos, dibujos, equipos, patentes, herramientas, modelos, etc., proporcionados por nosotros al Proveedor para la fabricación de los bienes seguirán siendo nuestra propiedad y no podrán ser utilizados para otros fines, copiados ni divulgados a terceros. Los derechos de autor permanecerán en nuestra titularidad. Todos los documentos deberán devolverse, sin costo, tan pronto como ya no sean necesarios para la ejecución del pedido. Si no se acuerdan entregas, los documentos deberán devolverse igualmente.
  2. Los productos fabricados de acuerdo con nuestros dibujos, patentes, datos confidenciales, nuestras herramientas o copias de estas no podrán ser utilizados por el Proveedor para su uso propio ni podrán ofrecerse o entregarse a terceros. Esto se aplicará igualmente a los pedidos de impresión.

Confidencialidad

  1. El Proveedor tratará con confidencialidad el pedido y todas las entregas relacionadas.

Derechos de propiedad industrial

  1. El Proveedor garantiza que los bienes y servicios suministrados no infringen derechos de propiedad de terceros. Indemnizará a nuestra empresa de cualquier reclamación de terceros relacionada con esto.

Lugar de cumplimiento

  1. El lugar de cumplimiento de los bienes y servicios será el lugar de destino acordado. El lugar de cumplimiento para el pago será la oficina registrada de la unidad de negocio que realizó el pedido.

Jurisdicción y derecho aplicable

  1. El lugar exclusivo para resolver cualquier diferencia será nuestra oficina que emitió el pedido. Sin embargo, tendremos derecho a presentar acciones en cualquier otro tribunal competente.
  2. En caso de disputas, todos los suministros estarán sujetos a las leyes sustantivas vigentes en el lugar de negocio del Comprador, excluyendo cualquier disposición sobre conflictos de leyes, y en el caso de entregas desde el extranjero, además de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías del 11.4.1980.

Código para Socios Comerciales

  1. El Código para Socios Comerciales de GF aplica a todos los Proveedores, subcontratistas y otros prestadores de servicios de GF y sus empleados (colectivamente denominados "socios comerciales" en este documento). Es obligatorio que todos los Proveedores conozcan el Código más reciente para Socios Comerciales de GF y lleven a cabo todas las actividades necesarias para cumplir con él.
  2. El Código para Socios Comerciales de GF se proporcionará al Proveedor a solicitud o puede encontrarse en www.georgfischer.com.
  3. Cualquier incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta sección se considerará un incumplimiento material de la relación contractual.

12/2024